martes, febrero 14, 2006
Qué se entiende por informe en derecho
Son estudios razonados y concienzudos que las partes pueden presentar sobre cuestiones de derecho de difícil solución.
El informe en derecho sólo lo puede decretar el tribunal a petición de parte.
Esta petición se acostumbra a formularla por escrito antes de la vista de la causa y formulada en forma legal el tribunal tiene que acceder a ella, su concesión no es facultativa.
El término para informar en derecho lo señala el tribunal y no puede exceder de 60 días, salvo acuerdo de las partes.
Se debe presentar impreso con las firmas del abogado y de la parte o su procurador.
Tratándose de un estudio jurídico es indiferente que él sea hecho por un jurisconsulto o por el abogado defensor de la causa.
Estos informes en derecho se deben acompañar en el número de ejemplares impresos necesarios para entregar a cada uno de los ministros que van a intervenir en la vista de la causa y agregar otro a los autos.
A este informe en derecho que se entrega a los tribunales se le debe agregar una certificación del relator asignado a la causa que previo cotejo del informe en el proceso respectivo que dé fe bajo su firma de la conformidad o disconformidad que notare entre los hechos expuestos en el informe y el mérito del proceso.
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